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Escala salarial de playeros de estacionamiento 2026 (CCT 428/05)

Desde octubre de 2026, el básico de un operario de playa bajo el CCT 428/05 es de $1.557.845,95, y con los adicionales de asistencia y manejo de fondos el total bruto llega a $1.807.101,30. El encargado tiene un básico de $1.581.421,95. Son los montos del acuerdo firmado el 28 de agosto de 2026 por la cámara (CAGESRA) y el sindicato (SOESGYPE), para la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires. Ese acuerdo todavía no figura homologado en el Boletín Oficial.

Por el equipo de FacilParking · Actualizada en

Qué convenio rige

Los trabajadores de playas de estacionamiento y garajes están en el CCT 428/05, firmado por la federación FOESGRA y el sindicato SOESGYPE con la cámara del sector, hoy CAGESRA. Su ámbito, según el propio convenio, es la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires.

En la Ciudad de Buenos Aires también rige el CCT 772/19, firmado con la Cámara de Estacionamientos de la Ciudad (ESCABA): tiene los mismos montos y suma la categoría de valet parking. En Córdoba, el personal de playas está en el CCT 58/89 del Sindicato Petrolero. Para otras provincias no encontramos un convenio específico en fuentes oficiales: consultá con tu contador cuál corresponde.

Escala de octubre de 2026

CCT 428/05, Ciudad y Provincia de Buenos Aires. El total bruto suma al básico los adicionales de asistencia (8 %) y manejo de fondos (8 %), sin antigüedad. El franquero cobra según la categoría que reemplaza.

Encargado

A cargo del establecimiento en ausencia del empleador: atención, cobranza, control y limpieza.

Básico
$1.581.421,95
Total bruto
$1.834.449,46
Por día
$73.377,98
Por hora
$9.172,25

Administrativo

Tareas de administración, bancarias y cobranzas.

Básico
$1.571.455,03
Total bruto
$1.822.887,83
Por día
$72.915,51
Por hora
$9.114,44

Operario de playa

Conduce y ordena los vehículos, tareas de servicio y limpieza.

Básico
$1.557.845,95
Total bruto
$1.807.101,30
Por día
$72.284,05
Por hora
$9.035,51

Sereno

Solo control, guardia o vigilancia. No cobra manejo de fondos.

Básico
$1.531.413,74
Total bruto
$1.653.926,84
Por día
$66.157,07
Por hora
$8.269,63

Fuente: planilla de octubre de 2026 de CAGESRA, que coincide con la del sindicato. En el CCT 772/19 de la Ciudad, el valet parking tiene un básico de $1.443.322,04.

Cómo se llegó a estos montos

Básico del operario de playa en cada mes de 2026, según las planillas de la cámara:

Mes Básico
Enero $1.137.325,52
Marzo $1.201.907,41
Abril $1.289.464,63
Mayo $1.328.148,57
Junio $1.467.993,03
Agosto $1.497.352,89
Septiembre $1.527.299,95
Octubre $1.557.845,95

Los aumentos salen de tres acuerdos: el del 10 de febrero de 2026 (4,5 % en enero y 2,8 % en febrero y en marzo), el del 24 de abril (3 % en abril, mayo y junio, más dos sumas de $100.000) y el del 28 de agosto (2 % en agosto, septiembre y octubre). Las partes se comprometieron a reunirse otra vez desde el 15 de noviembre de 2026.

La última homologación del CCT 428/05 publicada en el Boletín Oficial (enero de 2026) corresponde a un acuerdo de marzo de 2024. Los acuerdos de 2026 están firmados y publicados por las partes, pero no figuran homologados; cada uno establece que el empleador paga lo acordado aunque la homologación se demore.

Adicionales, jornada y horas extra

  • Asistencia: 8 % del básico; se pierde con una falta injustificada o tres llegadas tarde que sumen 10 minutos.
  • Manejo de fondos: 8 % del básico (el sereno no lo cobra). No se descuentan faltantes de caja por robo ni cuando varios manejan la misma caja.
  • Antigüedad: 1 % por año sobre el total de las remuneraciones.
  • Zona patagónica: 30 % adicional.
  • Horas extra: 50 % de recargo de día y 100 % de noche. El trabajo nocturno es de 21 a 6 h y la jornada nocturna es de 7 horas.
  • Feriados trabajados: se pagan al 100 %. El día del gremio es el 27 de agosto.
  • Ropa de trabajo: dos uniformes por año (abril y octubre); en playas descubiertas, también capa y botas, y una cabina para el personal.

Aportes y contribuciones

  • Del trabajador afiliado: cuota sindical del 3 %, seguro de sepelio del 1 % y mutual del 1 % del básico.
  • Del no afiliado: aporte solidario del 2 %, a cargo solo de los no afiliados.
  • Del empleador: contribución al fondo convencional del 1,5 % del básico de encargado por trabajador, con un mínimo equivalente a 3 empleados ($71.163,99 en octubre de 2026), además de las cargas sociales de ley.

Esta página es informativa: para liquidar sueldos, consultá con tu contador las escalas vigentes y el convenio que corresponde a tu playa.

Cómo usarlo para calcular costos

El personal es uno de los costos más grandes de una playa. Sumá el total bruto de cada playero, la antigüedad, las cargas sociales y la contribución al fondo convencional, y multiplicalo por los turnos que cubrís. Con ese número, la guía para calcular la tarifa te dice cuánto tenés que cobrar por hora, y la de cómo poner una playa, si el negocio cierra.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra un playero de estacionamiento en 2026?
Bajo el CCT 428/05, desde octubre de 2026 el operario de playa tiene un básico de $1.557.845,95 y un total bruto de $1.807.101,30 con los adicionales de asistencia (8 %) y manejo de fondos (8 %), más antigüedad. Son los montos del acuerdo firmado por la cámara y el sindicato para la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires.
¿Qué convenio colectivo tienen los playeros de estacionamiento?
En la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires, el CCT 428/05 de playas de estacionamiento y garajes, firmado por FOESGRA y SOESGYPE con la cámara del sector (hoy CAGESRA). En la Ciudad también rige el CCT 772/19 con la cámara ESCABA, con los mismos montos y la categoría de valet parking. En Córdoba el sector está en el CCT 58/89.
¿Cuánto se paga la hora extra de un playero?
El CCT 428/05 fija un recargo del 50 % para las horas extra diurnas y del 100 % para las nocturnas. Con la escala de octubre de 2026, la hora del operario de playa es de $9.035,51, al 50 % es de $13.553,26 y al 100 % de $18.071,01.
¿La escala de 2026 está homologada?
A octubre de 2026, los acuerdos de 2026 están firmados y publicados por la cámara y el sindicato, pero no figuran homologados en el Boletín Oficial. Los acuerdos establecen que el empleador debe pagar lo acordado aunque la homologación se demore.

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